La nueva campaña de la renta

La campaña de la renta del 2014 empieza el martes 7 de abril, justo después de Semana Santa para cerca de 3,5 millones de contribuyentes catalanes. A pesar de que el gobierno español ha aprobado cambios fiscales en los últimos meses para hacer dar salida a la profunda crisis económica de los últimos siete años, la mayoría de las reformas son de aplicación en este ejercicio del 2015 y, por lo tanto, afectarán no a la declaración que se empezará a hacer este abril sino en la declaración que se tendrá que presentar durante el segundo trimestre del año próximo, advierte Concha Forteza, gestora fiscal y contable de Archs Asesoría y Gestión. Las pocas novedades de este año afectan básicamente a la dación en pago y a las preferentes.

La renta de este año es una renta »continuista» de la declaración del 2013 y todas las modificaciones que se han sentido, que sueño muchas, como la tarifa de la declaración del IRPF, y otros que afectan a tratamientos de determinados productos serán de aplicación a partir del 2015 y por lo tanto tendrán su efecto en la declaración del 2016, según reflexiona Forteza, miembro del Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Cataluña.

La experta fiscal afirma que las dos novedades más destacadas de la campaña de esta año afectan a un número limitado de contribuyentes que son los afectados por productos híbridos financieros como las preferentes y deuda subordinada y los que han sido implicados en procesos de dación en pago. Novedades que por lo tanto están relacionadas en el sector financiero.

La novedad de las preferentes afecta al tratamiento que reciben las pérdidas que han acumulado los inversores en este tipo de producto. Hasta ahora, estas pérdidas de las preferentes sólo se podían compensar con pérdidas de productos similares mientras que este año, el gobierno español, ha legislado que estas pérdidas patrimoniales se puedan deducir de las ganancias obtenidas derivadas del ahorro o rentas de capital.

De este modo, de forma excepcional, una pérdida patrimonial se puede compensar con rentas derivadas del ahorro, cosa que favorece mucho más al perfil del inversor estándar de las preferentes que tienen un perfil de pequeño ahorrativo y con poca experiencia en productos financieros complejos.

Dación en pago

La segunda novedad más relevante de este año afecta a las familias que se han visto inmersas proceso de dación en pago. Hasta ahora, las personas que habían hecho una dacción en pago se encontraban no sólo con el problema que se quedaban sin su vivienda habitual y a la ruina, sino que además, por el tratamiento fiscal que tiene la dación en pago, la inmensa mayoría de afectados se encontraban en una ganancia patrimonial derivada de la transmisión del piso al banco que tenía que tributar como tal ganancia patrimonial ante Hacienda.

Forteza explica que la dación en pago no deja de ser una transmisión de un inmueble que produce una ganancia patrimonial. Por ejemplo, si se hace la dación en pago de un piso con una hipoteca de 300.000 euros, y de esta obligación sólo se han pagado 150.000 euros, la ganancia patrimonial de la transmisión es de 150.000 euros que tiene que tributar en este concepto. Por lo tanto, hasta ahora, el afectado por una dación en pago se encontraba que en mes de perder el piso tenía que tributar por unas ganancias patrimoniales. Con la reforma, esta ganancia patrimonial está exento de tributación siempre y cuando quede demostrado que sea la única propiedad inmueble que tenga el afectado.

A partir del 7 de abril empieza la campaña de la renta y de patrimonio de la declaración del 2014. A partir de aquel día se podrán presentar vía telemática los borradores y las declaraciones que se hayan hecho en el programa Padre de la Agencia Tributaria.

Cita previa a partir del 6 de mayo

Las peticiones telefónicas para acordar una cita previa con personal de la Agencia Tributaria para hacer la declaración de la renta se podrán empezar a hacer el 6 de mayo y el periodo de cita previa finalizará el 29 de junio, justo el día antes del plazo máximo de presentación de la declaración de la renta que está fijado para el 30 de junio. En caso de no presentar la declaración en los plazos establecidos, el contribuyente recibirá una sanción por parte de la Agencia Tributaria.

A pesar de no ser una novedad de este año, Forteza recuerda que la deducción por la compra de una vivienda se mantiene vigente siempre que la compra del activo inmobiliario se haya hecho antes del 1 de enero del 2013.

También se recuerda que los premios de la lotería tributarán en un 20% en los premios superiores a los 2.500 euros, y que los parados que para constituir una empresa hayan capitalizado la prestación del paro este ingreso de un golpe está exento al 100% sin ninguna limitación.